Cómo tramitar el seguro de desempleo para trabajadores de la construcción
Por Carolina Méndez · Actualizado el 12 de agosto de 2026
Si te despidieron de la construcción → retira tu Fondo de Cese Laboral en el banco
Si el empleador no depósito el fondo → reclama en el IERIC o el Ministerio de Trabajo
Si querés cobrar el seguro de desempleo de ANSES también → son compatibles
Si no tenés la Libreta de Aportes → pedila al IERIC
Los trabajadores de la construcción no cobran indemnización por despido: tienen el Fondo de Cese Laboral (Ley 22.250). El empleador deposita mensualmente un porcentaje del sueldo. Al terminar la relación laboral, el trabajador retira los fondos acumulados.
Diferencia entre Fondo de Cese y seguro de desempleo ANSES
| Concepto | Fondo de Cese (Ley 22.250) | Prestación por desempleo (ANSES) |
|---|---|---|
| Quien lo paga | Empleador (depósito mensual) | ANSES |
| Como se cobra | Retiro total al finalizar relación | Cuotas mensuales |
| Requisito | Ser trabajador registrado construcción | 6 meses de aportes en 3 años |
| Causa de baja | Cualquiera (despido, renuncia, fin obra) | Solo despido sin causa |
| Son compatibles | Si | Si |
Qué llevar al banco para cobrar
| Documento | Observación |
|---|---|
| Libreta de Aportes | Original |
| DNI | Original |
| Constancia de CUIL | Impresa desde ANSES |
Si además querés cobrar el seguro de desempleo ANSES
- Ingresá a Mi ANSES
- Buscá "Prestación por desempleo"
- Completá la solicitud dentro de los 90 días del despido
Para más detalles sobre el trámite de ANSES, lee la guía de prestación por desempleo. Si necesitás tu historia laboral, pedila en Mi ANSES.
→ Si el cese no fue por fin de obra sino un despido sin causa, fijate qué te corresponde con la calculadora de indemnización.
Qué hacer ahora: si te despidieron o terminaste una obra, pedí la Libreta de Aportes al empleador y acercate al banco a cobrar el fondo. En paralelo, tramita la prestación por desempleo en ANSES.
Paso a paso
- 1
Confirmá que tenés Fondo de Cese Laboral acumulado
Al finalizar la relación laboral, el empleador te entrega la Libreta de Aportes al Fondo de Cese Laboral. Ahí figuran los depósitos mensuales (12% del salario el primer año, 8% a partir del segundo). Si no te la dan, reclama.
- 2
Presentá la libreta en el banco
Acercate al banco donde el empleador depositaba el fondo (generalmente Banco Nación o el que figure en la libreta). Lleva: Libreta de Aportes, DNI, constancia de CUIL. El banco verifica los fondos disponibles.
- 3
Cobra los fondos acumulados
El banco te paga el total acumulado. No hay espera: una vez verificada la libreta, el pago se hace en el momento o en pocos días. Es dinero tuyo, no un subsidio.
- 4
Tramita además el seguro de desempleo en ANSES
Si cumplis los requisitos, también podés cobrar la prestación por desempleo de ANSES (son compatibles). Ingresá a Mi ANSES o saca turno para tramitarla. Necesitas haber aportado al menos 6 meses en los últimos 3 años.
Problemas y soluciones
El empleador no me entrega la Libreta de Aportes
Es obligación del empleador entregarla al finalizar la relación laboral. Reclamá por carta documento y denuncia en el IERIC (Instituto de Estadistica y Registro de la Industria de la Construcción) y en el Ministerio de Trabajo.
La libreta tiene meses sin depósito
Si el empleador no depósito, tenés derecho a reclamar esos montos. Podes iniciar reclamo en el IERIC o ante la justicia laboral. Los depósitos faltantes generan intereses.
No estoy registrado como trabajador de la construcción
Si trabajaste en negro, no tenés Fondo de Cese. Podes reclamar al empleador ante el Ministerio de Trabajo la registración y los aportes retroactivos. Consultá un abogado laboral.
Renuncie en vez de ser despedido, puedo cobrar igual?
Sí. El Fondo de Cese Laboral se cobra independientemente de la causa de la finalización (despido, renuncia, fin de obra). Es tuyo por derecho.
Preguntas frecuentes
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